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South Carolina

Pescar

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Tamaño y Límites de Crustáceos y Mariscos

Regulaciones para Crustáceos y Mariscos

Especies

Temporada Cerrada

Posesión y Límite de Tamaño

Restricciones

Cangrejo, Langosta y Mariscos

Cangrejo azul

Límite de tamaño: Ancho mínimo del caparazón de 5 pulgadas (de punta a punta)

  • Las hembras con masa de huevos (esponja) deben devolverse al agua, ilesas, de inmediato.

Cangrejos de piedra

Límite de tamaño: Las pinzas deben tener un antebrazo mínimo de 2 3/4 pulgadas (propodio)

  • Solo a los cangrejos que tienen 2 pinzas se les puede quitar una.
  • De las 2, solo se puede remover la pinza más grande.
  • No se puede remover ninguna pinza de una hembra con masa de huevos.
  • Es ilegal poseer el cuerpo de cualquier cangrejo de piedra vivo o muerto.

Langosta espinosa

Límite de posesión: 2 por persona por día

Límite de tamaño: Caparazón de mínimo 3 pulgadas

  • Prohibida la extracción de la cola en el mar.
  • No se pueden capturar hembras con huevos.
  • No se permiten explosivos, venenos, lanzas o dispositivos perforadores que no sean anzuelos de pesca.

Ostiones

Normalmente cerrada del 16 de mayo al 30 de septiembre; SCDNR puede acortar o ampliar ese plazo. Llame al 843-953-9300 para conocer las fechas de la temporada.

Límite de posesión: 2 búshels americanos por persona por día de los suelos de mariscos públicos o estatales. Ninguna combinación de embarcación, vehículo o embarcación/vehículo puede contener más de 3 límites personales, independientemente del número de personas en la embarcación o en el vehículo.

  • Una persona puede capturar mariscos (ostiones y/o almejas) de forma recreacional no más de 2 días durante un período de 7 días.

Almejas

Normalmente cerrada del 16 de mayo al 30 de septiembre; SCDNR puede acortar o ampliar ese plazo. Llame al 843-953-9300 para conocer las fechas de la temporada.

Límite de posesión: 1/2 búshel americano por persona por día de los suelos de mariscos públicos o estatales. Ninguna combinación de embarcación, vehículo o embarcación/vehículo puede contener más de 3 límites personales, independientemente del número de personas en la embarcación o en el vehículo.
Límite de tamaño: Mínimo de 1 pulgada en grosor

  • Una persona puede capturar mariscos (ostiones y/o almejas) de forma recreacional no más de 2 días durante un período de 7 días.

Camarón

Captura de camarones sin cebo

Cerrada: 16 de diciembre al 30 de abril

48 cuartos de galón enteros o 29 cuartos de galón descabezados por día (de amanecer a amanecer) por embarcación, por persona, si no se utiliza ninguna embarcación, o por grupo de cerco.

  • Se permiten 12 docenas de camarones vivos o muertos por embarcación durante la temporada de veda.
  • Consulte Métodos y Dispositivos para Crustáceos y Mariscos para conocer las Restricciones de Equipos de Cerco de Camarón (ver más arriba).

Pesca de Camarones con Cebo

Temporada de pesca de camarones con cebo 2023, 8 de septiembre (mediodía) al 12 de noviembre (mediodía)

48 cuartos de galón enteros o 29 cuartos de galón descabezados por día (de amanecer a amanecer) por juego de varas.

  • Los participantes deben tener una licencia para pescar camarones con cebo.
  • Los titulares de licencias que pesquen camarones desde una embarcación, pueden recibir asistencia de un residente el cual no está obligado a tener una licencia para pescar camarones con cebo.
  • Los camarones capturados con cebo no se pueden vender.
  • No se pueden usar más de 10 varas por licencia por día. Las varas deben estar marcadas con cinta reflectiva y no pueden exceder 1 pulgada en diámetro. Cada vara debe tener adjunta una etiqueta numerada que corresponda con la licencia para pesca de camarones con cebo.
  • No se pueden utilizar más de 10 varas por embarcación.
  • Todas las varas de un juego con licencia deben estar dentro de 100 yardas lineales entre sí y los juegos de varas deben estar separados por lo menos 25 yardas. Las varas no pueden colocarse a menos de 50 yardas de cualquier muelle, embarcadero público o rampa para embarcaciones. Además, las varas que estén desatendidas serán confiscadas.
  • Los propietarios de muelles privados o las personas con permiso por escrito pueden cebar desde esos muelles siempre y cuando tengan la licencia correspondiente y se muestre la etiqueta numerada.
  • Están prohibidas las nasas o trampas para camarones.
  • Las redes utilizadas para pescar camarones con cebo deben tener un tamaño de malla de mínimo 1/2 pulgada cuadrada (estiramiento de 1 pulgada).
  • Las personas que NO pueden obtener una licencia para pesca de camarones con cebo son: 1) Propietarios u oficiales de una corporación que posea una embarcación especificada en una licencia de arrastre; 2) capitanes de una embarcación especificada en una licencia de arrastre; 3) personas con una licencia para utilizar una red de canal; 4) personas con licencia para utilizar una red de pesca con fines comerciales; 5) personas con licencia de comerciante mayorista de productos del mar.

Métodos y Dispositivos para Crustáceos y Mariscos

Se requiere una licencia para pesca recreacional en agua salada al pescar crustáceos o mariscos, a menos que se estén usando 3 redes de caída o menos, 3 trampas plegables o menos, o 3 líneas de mano o menos, sin anzuelos, y un solo cebo por línea (cuello de pollo); o cuando se pescan camarones con cebo (lo cual requiere una licencia para pesca de camarones con cebo).

Nasas para Cangrejo

Permisos/Licencias

Requieren una licencia para pesca recreacional en agua salada.

Restricciones

  • El titular de la licencia no puede pescar con más de dos nasas de forma recreacional. Se requiere una licencia para pesca comercial en agua salada, una pegatina en la embarcación y una licencia para el equipo para poder pescar con más de dos nasas.
  • Si está desatendida, cada nasa debe tener un flotador con el nombre y la dirección o el número de licencia del propietario.
  • Ninguna nasa para cangrejos debe dejarse desatendida en aguas costeras durante más de 5 días.
  • No se pueden colocar trampas o nasas para cangrejos a menos de 200 yardas de un área de desembarco o botadura de embarcaciones públicas, o colocarlas de manera que queden secas durante la marea baja.
  • El flotador unido a la nasa o trampa para cangrejos debe estar hecho de un material sólido y flotante que no se hunda al ser perforado o agrietado. Los flotadores deben estar construidos con plástico, PVC Spongex, espuma plástica o corcho. El flotador principal de la nasa o trampa recreacional debe ser de color amarillo y de al menos diez pulgadas de largo si es rectangular, cilíndrico o cónico y de al menos cinco pulgadas en diámetro o ancho. Los flotadores redondos o esféricos deben tener al menos seis pulgadas de diámetro. Las líneas de boyas de nasas para cangrejos deben estar hechas de material no flotante.
  • Está prohibido retener cangrejos azules capturados en las aguas dulces del estado. Cualquier cangrejo azul capturado debe devolverse al agua inmediatamente.

Mariscos (ostiones, almejas, mejillones, bocinas y otros moluscos)

Permisos/Licencias

Requieren licencia para pesca recreacional en agua salada.

Temporada

Normalmente abierta del 1 de octubre al 15 de mayo (1/2 hora antes del amanecer hasta 1/2 hora después del atardecer). Llame al 843-953-9300 para conocer las fechas de la temporada.

Restricciones

  • Los mariscos se pueden recolectar con fines recreacionales desde los suelos de mariscos del estado y de los suleos de mariscos públicos. Las zonas de marisqueo públicas y estatales están marcadas con señales.
    La recolección recreacional está permitida en los terrenos con permiso de cría (antes arrendamientos), pero solo cuando el recolector tiene en su poder un permiso escrito del titular del permiso de cría. La licencia debe estar en posesión durante la recogida.

Los mapas de las áreas donde se pueden recolectar mariscos recreacionalmente en temporada para se pueden encontrar en www.dnr.sc.gov/marine/shellfish/shellfishmaps.html, llamando al 843-953-9854 o escribiendo a Marine Resources en PO Box 12559, Charleston, SC 29422.

Cercos para camarones

Permisos/Licencias

Requieren licencia para pesca recreacional en agua salada.

Restricciones

  • Longitud máxima del cerco para camarones de 40 pies, profundidad máxima de 6 pies, tamaño mínimo de malla de 1/2 pulgada cuadrada (estiramiento de 1 pulgada), tamaño máximo de malla de 7/8 pulgada cuadrada (estiramiento de 1.75 pulgada).
  • No se permiten bolsas ni bolsillos de cola en las redes de cerco cuando se tiran manualmente.
  • Los cercos con estacas se consideran dispositivos comerciales de red de canal; las autorizaciones y restricciones se proporcionan con la compra de una licencia comercial.

Pesca por Arrastre

Permisos/Licencias

Requiere licencia para pesca comercial en agua salada, pegatina para la embarcación y licencia para el equipo.

Restricciones

  • La pesca por arrastre para uso personal está restringida a los mismos requisitos de licencia, áreas y temporadas que la pesca por arrastre comercial. Esta información se proporciona junto con la licencia.

Reciclaje de conchas

Las conchas de ostiones se recolectan en toda la zona costera y se reutilizan para el mantenimiento de terrenos públicos. Llame al 843-953-9300 para conocer las ubicaciones de los sitios de entrega de conchas, o visite www.saltwaterfishing.sc.gov/oyster.html para obtener mapas detallados de las ubicaciones.

Directrices para la Protección de las Tortugas Marinas

Si engancha o enreda una tortuga marina mientras pesca, comuníquese con la línea directa de DNR de Carolina del Sur: 1-800-922-5431. Referencia Rápida de las Directrices para la Liberación de Tortugas Marinas www.dnr.sc.gov/marine/tagfish/pdf/SeaTurtleHandlingReleaseGuidelines.pdf

  • Mantenga las manos alejadas de la boca y las aletas de la tortuga.
  • No la levante por el anzuelo o tirando de la línea.
  • Coloque la tortuga en el piso de manera segura usando una red o llevándola a la orilla.
  • Deje el anzuelo en su lugar con tres pies de línea, ya que quitarlo puede causar más daño.
  • Mantenga a la tortuga alejada de la luz solar directa y cúbrala con una toalla húmeda.
  • Utilice anzuelos que no sean de acero inoxidable y sin púas cuando sea posible.

Si las circunstancias no le permiten sostener al animal y comunicarse con DNR, corte la línea lo más corta posible y suelte la tortuga.