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South Carolina

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Plantas y Animales Invasores Acuáticos

¿Qué son las Especies Acuáticas Invasoras?

  • Son organismos no nativos que carecen de depredadores naturales o enfermedades que ayuden a mantener su crecimiento bajo control. Por lo general, estas especies se reproducen rápidamente y tienen un impacto negativo en las vías fluviales y los organismos acuáticos nativos.

Leyes sobre Especies Acuáticas Invasoras

  • Cualquiera que sea sorprendido propagando hierbas acuáticas nocivas, intencionalmente o no, puede ser multado con hasta $ 500 y/o encarcelado.
  • Excepto para investigación o bajo permiso, no es legal poseer, vender o colocar en el agua muchas plantas acuáticas, incluidas la hidrilla, el jacinto de agua, la lechuga de agua, la salvinia gigante y cualquier otra planta que se encuentre en la Lista de Malezas Nocivas Estatal o Federal.
  • Excepto por carnada perdida como consecuencia de la pesca o los peces liberados en las aguas de donde fueron extraídos, es ilegal liberar intencionalmente cualquier especie acuática en las aguas de este estado, independientemente de la etapa de su ciclo de vida, sin un permiso del departamento. Es ilegal utilizar como carnada cualquier pez no autóctono que no esté ya establecido en el cuerpo de agua en el que se está pescando, excepto los siguientes pececillos: carpita cabezona, carpita dorada y carpa dorada, incluyendo los 'black salties'. Una persona que resulte culpable al ser condenada por cualquiera de estos delitos puede ser multada con un mínimo de $ 500 y/o 30 días en la cárcel.
  • Una persona no puede poseer, vender, ofrecer para la venta, importar, traer o hacer que se traiga o importe a este estado ni liberar en cualquier lugar de este estado las siguientes especies, independientemente de la etapa de su ciclo de vida: bagre carnero o candiru, anguila eléctrica de agua dulce, carpa blanca amur o herbívora, siluro caminante, piraña, espinoso, pepesca, lamprea de mar, escardinio, cabeza de serpiente, cangrejo de río oxidado y otras especies no autóctonas. SCDNR puede emitir permisos de importación especiales a personas calificadas para investigación y educación únicamente. Una persona que infrinja esta disposición puede ser multada con un mínimo de $ 500 y/o 30 días de cárcel.
  • Es ilegal capturar, dañar o matar carpas herbívoras de aguas públicas. Cualquier carpa herbívora extraída debe devolverse inmediatamente al agua de donde se extrajo. Cualquier persona condenada por este delito puede ser multada con un mínimo de $ 500 y/o 30 días de cárcel. La carpa herbívora estéril solo se puede vender, comprar o poseer con un permiso de SCDNR.

¡Qué Puede Hacer para Ayudar!

  • Retire barro, arena, plantas o fragmentos de plantas visibles de su embarcación, equipo de vadeo, ropa o equipo de pesca antes de dejar un cuerpo de agua para evitar el transporte de posibles polizones.
  • Elimine toda el agua de su motor, cubo de pesca, casco de la embarcación, equipo y ropa.
  • No vierta su balde de carnada. Deseche la carnada viva de forma correcta en un recipiente de basura o en un montón de abono. No solo es ilegal, sino que la carnada viva introducida en un sistema, incluso si la carnada viva es nativa, puede propagar enfermedades en un ecosistema acuático.
  • Deseche las partes de los camarones y las conchas de ostiones correctamente. Las cabezas y conchas de camarón deben desecharse en la basura y no tirarse al agua, porque las partes de camarón no nativas también pueden propagar enfermedades. Las conchas de ostiones se pueden llevar a una instalación de reciclaje cercana.
  • El equipo de vadeo se puede limpiar ya sea dejándolo secar al 100% y dejándolo seco durante 5 días antes de volver a usarlo, o sumergiéndolo en una solución de lejía al 3%, enjuagándolo bien y dejándolo secar por completo. En lugar de una solución de lejía, los pescadores pueden remojar los vadeadores en una solución de vinagre al 100% o en una solución de sal al 1% durante 20 minutos.
  • Las mascotas a las que se permite nadar deben enjuagarse, secarse con una toalla y cepillarse bien después de cada viaje de pesca o vadeo.
  • Nunca suelte plantas, peces ni animales en un cuerpo de agua, a menos que ese sea el cuerpo de agua de donde provienen.

Tomarse el tiempo para prevenir la propagación de polizones acuáticos ayudará a asegurar que los recursos estén protegidos de especies exóticas dañinas y ahorrará millones de dólares públicos y privados en costos de control.

Para obtener más información:

Sitio web: www.dnr.sc.gov/invasiveweeds

Correo electrónico: [email protected]

Teléfono: Plantas acuáticas, 803-755-2836