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Oregon

Pescar

Pescar

Definiciones

  • Aleta adiposa: Pequeña aleta grasa ubicada entre la aleta dorsal y la cola en algunas especies de peces (ver Identificación del Salmón Real y Coho).
  • Agregar: El límite en la cantidad total de pescado o mariscos por captura. Generalmente se utiliza cuando varias especies conforman un límite de captura combinado, o cuando se establece un límite de captura para una sola especie para la cosecha combinada de un grupo específico de cuerpos de agua.
  • Pesca con caña: Tomar o intentar tomar un pez para uso personal utilizando un anzuelo y una línea. También conocido como pesca.
  • Mosca artificial: Una mosca es un anzuelo, revestido con materiales naturales o sintéticos convencionales para atar moscas. Atado junto con otros materiales, alambre (plomo u otro) utilizado para dar peso a la mosca y ojos tipo mancuerna o cuentas (de metal, vidrio o plástico) pueden ser parte de la mosca. Una mosca no incluye plomos, pesos moldeados, cucharillas, cucharas o atrayentes similares.
  • Atrayente: Un dispositivo sin anzuelo unido a una línea de pesca entre el extremo de la caña y el señuelo principal, mosca o anzuelo con cebo que proporciona movimiento adicional u otra atracción visual. Los atractores típicos incluyen dodgers, trolls de lago como guardabarros Ford, hojas de sauce o luces intermitentes de cencerros y barras separadoras con cualquier cantidad de ganchos, atractores de caucho artificial o plástico moldeado (blando o duro).
  • Carnada: Cualquier elemento utilizado para atraer peces que no sea una mosca, señuelo o atrayente artificial. Se consideran cebos las imitaciones de gusanos, huevos, insectos, peces carnada, cangrejos de río, etc., hechas de plástico blando moldeado o de caucho. El olor no se considera carnada.
  • Pesca desde la orilla: Pesca desde la orilla o desde muelles físicamente unidos a la orilla. Generalmente incluye vadeo. La pesca desde una embarcación no se considera pesca desde la orilla, incluso si la embarcación está anclada a la orilla, a un muelle u otra estructura fija.
  • Anzuelo sin rebaba: Un anzuelo fabricado sin rebaba o un anzuelo al que se le ha quitado la púa de la punta o al que se le ha doblado hacia el vástago del anzuelo.
  • Lubina: Lubina de boca grande, lubina de boca chica y lubina moteada. No incluye lubina rayada ni lubina híbrida.
  • Boya: Un dispositivo flotante sin anzuelo que se fija o se desliza a lo largo de la línea principal o del líder por encima del cebo, señuelo o mosca artificial. Está diseñado para suspender el cebo, señuelo o mosca artificial y señalar en la superficie del agua el ataque del pez al anzuelos.
  • Cadáver: Las entrañas, las branquias, la cabeza, la piel, las aletas y la columna vertebral de un pez.
  • Cebado:Poner en el agua cualquier sustancia que no esté adherida al anzuelo para atraer a los peces.
  • Longitud del pez: Excepto el fletán del Pacífico y el esturión, la longitud del pez es la distancia más corta medida en línea recta entre la punta de la cola y la punta de la boca. El pez debe medirse acostado de lado, sobre una superficie plana y con la cola en posición normal (ver dibujo, Límites de Posesión y de Captura). El fletán del Pacífico se mide en línea recta desde la punta de la mandíbula inferior con la boca cerrada hasta el extremo de la mitad de la cola (ver dibujo, Límites de Posesión y de Captura). La longitud de la horquilla de un esturión se mide en línea recta desde la punta de la nariz hasta la horquilla de la cola, con el pez acostado de lado, sobre una superficie plana (ver dibujo, Límites de Posesión y de Captura).
  • Pesca con mosca: Pesca con una combinación de caña y línea de mosca con una mosca artificial. No incluye el uso de cañas y carretes de spinning, spincast, casting y líneas con núcleo de plomo.
  • Pesca deportiva Trucha, salmón, trucha arcoíris, lubina negra, lubina de boca chica, agallas azules, tipo de perca, otros peces luna, bagres, luciopercas, percas amarillas, lubinas híbridas, pescado blanco, lubina rayada, esturión y sábalo cuando se capturan con anzuelo y sedal.
  • Grupo de peces de fondo (peces de fondo): Bacalao largo, pez roca, pez verde, cabezón, raya, tiburón leopardo, el galludo y el cazón; peces planos distintos del fletán del Pacífico y todos los demás peces marinos no enumerados en Zona Marina.
  • Peces de criadero: A los efectos del presente reglamento, se define como pez de criadero un salmón, una trucha arcoíris o una trucha a la que se le ha quitado (cortado) la aleta adiposa u otra aleta dejando una cicatriz curada.
  • Jig de arenque: Una línea o líder con cualquier número de anzuelos de una sola punta con un espacio entre anzuelos que no sea mayor a 3/8 de pulgada. Se utiliza habitualmente para capturar especies como el arenque, la sardina y la anchoa.
  • Distancia de gancho: Distancia, medida en línea recta, entre la punta del anzuelo y la caña.
  • Pesca en el hielo: capturar o intentar capturar un pez para uso personal con anzuelo y sedal a través de un agujero hecho por el hombre en el hielo.
  • Familia inmediata: El cónyuge, la pareja de hecho, el padre, la madre, el hermano, el cuñado, la hermana, la cuñada, el hijo, el yerno, la hija, la nuera, los hijastros y los nietos del propietario que residen en la propiedad del propietario.
  • En el campo, bosque o tránsito: Cualquier lugar que no sea el de residencia permanente.
  • Lago: La parte de aguas estancadas de todos los lagos, estanques y embalses; excluye los estanques de castores y los pantanos formados por compuertas de marea.
  • Líder: Una sección de línea que se extiende desde el anzuelo más bajo hasta el primer eslabón giratorio, peso, flotador u otro accesorio.
  • Señuelo: Un dispositivo artificial, completo con anzuelos, destinado a atraer y tentar a los peces; excluye moscas o atrayentes artificiales. Se consideran señuelos los corkies, spin-n-glos, birdy drifters, leadhead jigs, cuentas de plástico duro, etc. Se consideran cebos las imitaciones de gusanos, huevos, insectos, peces carnada, cangrejos de río, etc., hechas de plástico blando moldeado o de caucho.
  • Línea de núcleo metálico: Línea que, al doblarse bruscamente, permanece doblada una vez liberada.
  • Peces no aptos para caza: Peces no definidos de otro modo como peces de caza.
  • Especies pelágicas de alta mar: Incluye el opah, el palometa del Pacífico, todas las especies de atún y caballa, pez espada, pez pico, salmones jóvenes y todos los tiburones, excepto el tiburón leopardo, el galludo y el cazón (se clasifican como peces de fondo).
  • Residencia permanente: Una vivienda donde una persona vive normalmente, y verificada por una dirección, número de teléfono, cuenta de servicios públicos, etc.
  • Residente: es cualquier persona que: (a) haya residido físicamente en Oregón durante no menos de seis meses consecutivos inmediatamente antes de la fecha de solicitud de una licencia, etiqueta o permiso; (b) Miembros de los servicios uniformados de los Estados Unidos que: (i) Estén asignados permanentemente al servicio activo en este estado, y su cónyuge e hijos dependientes, (ii) Residan en este estado mientras estén asignados al servicio en cualquier base, estación, establecimiento costero u otra instalación en este estado, (iii) Residan en este estado mientras presten servicio como miembros de la tripulación de un barco que tenga un puerto o establecimiento costero de Oregón como su puerto de origen o estación permanente. (c) Extranjeros que asistan a la escuela en Oregón bajo un programa de intercambio de estudiantes extranjeros. (d) a excepción de las personas que califiquen como residentes en (b) o (c), un "Residente" no incluye a una persona que simplemente posea bienes inmuebles o pague impuestos sobre la propiedad en este estado, o que reclame privilegios de residente en otro estado o país para cualquier propósito.
  • Pez roca: Todas las especies de la familia Scorpaenidae, que incluye Sebastes y Sebastolobus, que se encuentran en Oregón.
  • Salmón: Incluye cinco especies: coho, chinook, chum, rosado y sockeye.
  • Salmón, joven: No es una especie separada de salmón, sino una etapa de su ciclo de vida que regresa al agua dulce y alcanza la madurez sexual después de un corto tiempo en el océano.
  • Mariscos: Abulones, almejas, cangrejos, cigalas, mejillones, ostras, mero, vieiras, camarones y otros invertebrados marinos con concha.
  • Enganche: Tomar o intentar tomar un pez con anzuelo y sedal enganchando el pez en cualquier lugar que no sea la boca o de una manera que no incite al pez a tomar voluntariamente el anzuelo dentro de su boca, incluye el uso de hilo dental. Los peces de caza enganchados en cualquier lugar que no sea el interior de la boca deben ser liberados ilesos inmediatamente.
  • Trucha arcoíris: Una trucha arcoíris marina.
  • Arroyo: La parte de flujo libre de todos los ríos y arroyos, incluidos los estanques de castores y los pantanos formados por compuertas de marea.
  • Indicador de ataque: Un dispositivo flotante sin anzuelo y sin olor que se fija a una línea o líder para señalar un ataque a la mosca. Debe estar fijado al menos a 18 pulgadas de la mosca. Los indicadores de ataque no se consideran un “accesorio” o “atrayente” y están permitidos únicamente en aguas de pesca con mosca.
  • Llevar: Matar, reducir a posesión o control, o intentar poseer y controlar. Incluye pesca con captura y liberación.
  • Estuario con compuerta de marea: La parte de un arroyo que está controlada por una compuerta de marea de modo que está quieta cuando la compuerta está cerrada y fluye cuando la compuerta está abierta.
  • Aguas de marea: Aguas de arroyos o estuarios afectadas por el flujo y reflujo diario de las mareas.
  • Afluente: Un arroyo que desemboca en un arroyo o lago más grande.
  • Trucha: Todas las truchas arcoíris y de banda roja (excepto la trucha arcoíris), truchas degolladas, de arroyo, marrones, toro, doradas, de lago y tigre, salmón del Atlántico y kokanee. Consulte las excepciones y regulaciones de zona para aguas donde el salmón real o el salmón coho (sin salida al mar) pueden considerarse truchas.
  • Peces salvajes: Para los efectos de este reglamento, un pez salvaje es un salmón, una trucha arcoíris o una trucha sin aletas cortadas, adiposas o de otro tipo. Este término se utiliza únicamente con fines de simplificación de la reglamentación y en algunos casos abarca peces de criadero sin esquilar y peces no autóctonos (consulte OAR 635-007-0501(69) para conocer la definición legal de “pez salvaje”).