Armas de caza legales para mamíferos de caza
A continuación se detallan los requisitos de las armas que se pueden utilizar para cazar mamíferos. Además de estas restricciones, algunas cacerías controladas o áreas especiales pueden tener restricciones adicionales sobre armas.
Disposiciones sobre armas para la caza de mamíferos:
Arma de fuego de fuego central
(rifles, pistolas y escopetas)
Está prohibido cazar mamíferos de caza con:
- Calibre 22 de percusión anular (excepto ardilla gris occidental).
- Armas de fuego completamente automáticas.
- Rifles semiautomáticos con una capacidad de cargador superior a cinco cartuchos (excepto para ardilla gris occidental).
- Balas trazadoras o con vaina completamente metálica.
- Mira infrarroja, de visión nocturna, láser o cualquier otra mira que proyecte un haz hacia el objetivo, incluidos visores con telémetros electrónicos y visores que reciben información de cualquier dispositivo electrónico.
Escopeta:
Las escopetas (ver definición en Definiciones de caza) con cañones estriados se consideran escopetas cuando se utilizan para cazar mamíferos cuando los rifles de fuego central o las escopetas son armas legales.
Arco
- Solo se podrá utilizar un arco durante las temporadas designadas para tiro con arco.
- Solo se podrá utilizar un arco largo o recurvo durante las temporadas designadas únicamente para la práctica del arco tradicional.
- Solo los arcos recurvos, largos o compuestos son legales para la caza de mamíferos.
- Las puntas anchas deben estar sin púas y tener al menos 7/8" de ancho. Las puntas anchas con hojas móviles que se pliegan o colapsan cuando se retiran no se consideran con púas. La ardilla gris occidental se puede cazar con puntas de flecha para caza menor.
Está prohibido cazar mamíferos de caza con:
- Arcos que tengan una potencia de tiro inferior a 40 libras (excepto que no haya potencia de tiro mínima para la ardilla gris occidental).
- Cualquier dispositivo fijado o soportado por el arco que mantiene el arco en su máxima tensión.
- Se permite cualquier dispositivo electrónico conectado al arco o la flecha, excepto las muescas de flecha iluminadas que no tienen otra función que aumentar la visibilidad de la flecha, y las cámaras que no tienen otra función (como la de medir el alcance) que la de grabar imágenes.
Arma de avancarga
Durante las temporadas de caza con arma de avancarga únicamente y las cacerías de la serie 600 en las que existe una restricción de armas de caza con escopeta/avancarga únicamente o con arco/avancarga únicamente:
Es ilegal:
- Utilizar telescopios (permanentes o desmontables).
- Utilizar miras con baterías, luz artificial o energía, excepto para cazadores con discapacidad visual que cuenten con un permiso (ver Discapacidades Caza y pesca Información sobre permisos). Las miras abiertas y de mirilla son legales, incluidas aquellas con fibra óptica o pintura fluorescente.
- Cazar con o tener en su posesión durante la caza, sabots o balas con partes plásticas o sintéticas. Se permiten parches de tela, papel o fieltro.
- Cazar con cebadores de fuego central o de mecha como fuente de ignición.
- Cazar con pólvoras granuladas o propulsores. La pólvora negra granular (suelta) y los sustitutos de la pólvora negra son los únicos propulsores legales.
- Cazar con un arma de avancarga de acción giratoria.
Durante las temporadas de armas legales y de ardilla gris occidental, los cazadores pueden usar armas de avancarga con cualquier tipo de encendido (excepto de mecha), cualquier mira o visor legal, cualquier propulsor o cualquier tipo de bala, siempre que el arma cumpla las restricciones de calibre para la especie.
Restricciones de armas específicas para cada especie |
|
Ciervo, berrendo, oso negro, puma |
|
Calibre mínimo de percusión central |
Calibre 22 |
Calibre mínimo de avancarga |
Calibre 40: Bala redonda o bala legal |
Escopeta: |
Perdigones o balas del n.° 1 o más grandes |
Tiro con arco: arco largo, recurvo y compuesto |
Peso mínimo de tiro: 40 libras |
Alce, borrego cimarrón, cabra de las Montañas Rocosas |
|
Calibre mínimo de percusión central |
Calibre 24 |
Calibre mínimo de avancarga |
Calibre 50: Bola redonda o bala legal |
Escopeta: |
Alces, solo carabinas. Las escopetas no son legales para cazar borregos cimarrones o cabras de las Montañas Rocosas |
Tiro con arco: arco largo, recurvo y compuesto |
Peso mínimo de tiro: 40 libras |
Ardilla gris occidental |
|
Cualquier rifle, pistola, escopeta, arma de avancarga que no sea de mecha, arco largo, recurvo o compuesto. |