Skip to main content
Alabama

Pescar

Pescar

Regulaciones e Información de Pesca

Notas importantes:

  • Todos los arroyos, lagos y estanques públicos están abiertos a la pesca durante todo el año, excepto algunos lagos de pesca públicos (PFL, por sus siglas en inglés) administrados y de propiedad estatal.
  • Será ilegal que cualquier persona capture o tenga en posesión más del límite diario de cualquier pescado establecido en este documento. Esto no se aplicará a los peces mantenidos vivos para su liberación por el patrocinador o su agente designado después de un torneo de pesca de buena fe, siempre que sean liberados ilesos en las aguas públicas de las que fueron capturados tan pronto como sea razonablemente posible el mismo día en que fueron capturados. Esto no obliga al patrocinador ni a su agente designado a liberar peces muertos o moribundos.
  • Salvo que se indique lo contrario, será ilegal poseer peces menores o mayores que las restricciones de tamaño establecidas en este documento. Las restricciones de tamaño para todos los peces se determinan midiendo la longitud total desde la parte frontal de la boca hasta la punta de la cola con la boca y la cola cerradas. Salvo que se disponga lo contrario para los lagos y estanques de pesca de propiedad o administración estatal y federal, las nasas diarias, los límites de posesión y las restricciones de tamaño para los peces en todas las aguas públicas de este estado se encuentran en Límites de Captura & Posesión & Tamaño de Pesca.
  • Es una violación de la ley de Alabama que cualquier persona transporte más de un día de pesca límite de cualquier especie de pez más allá de los límites de este estado.
  • Es ilegal pescar en aguas públicas en o desde terrenos privados anunciados sin el permiso del propietario. Es ilegal pescar en aguas privadas sin el permiso de los propietarios.
  • Es ilegal filetear un pescado o quitarle la cabeza mientras se pesca o poseer filetes de pescado mientras se encuentre en aguas públicas, excepto cuando el pescado se esté preparando para cocinar y consumir inmediatamente; siempre que; sin embargo, el pescado pueda ser sacado o eviscerado dejando la cabeza unida.
  • Es ilegal transportar cualquier carnada viva capturada en arroyos, ríos, lagos o embalses públicos en Alabama, lejos de las aguas donde se capturó o importar carnada viva de arroyos, ríos, lagos o embalses públicos de cualquier área fuera del estado de Alabama. El pez cebo se define como cualquier especie de pez o cangrejo de río cuyo uso sea legal como cebo para la pesca recreativa o comercial.

Pesca deportiva

Los siguientes peces serán denominados y designados como peces de caza en Alabama: trucha arco iris; todos los miembros de la familia de los peces sol, que incluyen: achigá, achigá boca chica, achigá de manchas, achigá de los arroyos, y las especies antes conocidas como achigá de ojos rojos, que ahora se conocen por separado como achigá Coosa, achigá Warrior, achigá Cahaba, achigá Tallapoosa y achigá Chattahoochee, basado en sus respectivos drenajes, y el achigá de Alabama, que antes se conocía como achigá de manchas en el drenaje de Mobile; los peces comúnmente llamados bremas (que incluyen achigá de roca, flier, achigá sombra, achigá boca grande, achigá rojo, achigá azul, achigá oreja larga y achigá oreja roja (shellcracker)); crappie negro y blanco; todos los miembros de la familia del achigá de agua templada, que incluyen achigá rayado de agua salada, achigá blanco y achigá amarillo y sus híbridos; todos los miembros de la familia del lucio, que incluyen lucio de cadena, lucio de aleta roja y lucio de hierba; los siguientes miembros de la familia de la perca: sauger (jack), lucioperca y perca amarilla.

Venta de peces de caza

Será ilegal que cualquier persona venda u ofrezca para la venta dentro de este estado, o envíe o transporte para la venta dentro o fuera de este estado, o envíe a este estado cualquier pez capturado o capturado en cualquiera de las aguas dulces, ya sean públicas. o privado, de este estado o de cualquier otro estado. Excepto (1) peces de caza criados en piscifactorías y vendidos para la repoblación de estanques y lagos; (2) peces de caza no nativos (truchas, salmones, etc.) criados para consumo humano; o (3) achigá boca grande, achigá oreja roja (shellcracker), perca amarilla y bremas azules criadas en estanques de granja, que pueden ser vendidos bajo permiso de la División de Vida Silvestre y Aguas Frescas. Para obtener más información, comuníquese con su oficina de distrito local (Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce).

Métodos de captura de peces de caza

Es ilegal capturar, pescar o matar, o intentar capturar, pescar o matar cualquier pez de caza utilizando cualquier método que no sea anzuelo y línea ordinarios, señuelos artificiales, cebo vivo, arrastre o spinner en cualquiera de las aguas públicas de este estado. Es ­ilegal utilizar dispositivos eléctricos, explosivos, venenos o armas de fuego para capturar peces de cualquier especie de estas aguas.

Limitaciones de cañas

No hay restricción en el número de cañas que los pescadores pueden usar en la mayoría de los cuerpos de agua públicos de Alabama, con las siguientes excepciones. En el embalse Weiss o Neely Henry, no se pueden utilizar más de tres cañas y carretes, varas o cualquier combinación de estos en ningún momento. En el río Sipsey Fork desde la presa Lewis Smith hasta la confluencia con el río Mulberry Fork, no se pueden usar más de dos cañas y carretes, varas o cualquier combinación de estos en ningún momento.

Uso de bremas como cebo

Todas las especies de bremas pueden ser utilizadas como cebo siempre y cuando una persona no tenga en su ­posesión un número total de bremas que exceda el límite diario de captura, sin importar su tamaño, y hayan sido ­capturadas legalmente con anzuelo y línea. Otras especies de peces de caza no se pueden utilizar como cebo.

Pesca con arpón

La pesca submarina de peces no deportivos o comerciales únicamente con fines deportivos en todas las aguas de este estado, tanto dulces como saladas, es legal ­siempre que la persona que participe en la actividad de pesca submarina esté completamente sumergida y ­posea las licencias adecuadas de pesca deportiva y pesca submarina. Esta licencia es emitida por las Divisiones de Vida Silvestre y Aguas Frescas, División de Recursos Marinos y en línea. Para obtener más información y un paquete de solicitud, llame al (334) 242-3465 o visite nuestro sitio web en www.outdooralabama.com.

Enganche

Es ilegal capturar peces mediante enganche en el río Chattahoochee o sus embalses, en el río Tennessee o sus embalses, y en los lagos públicos de pesca propiedad del estado. Además, es ilegal capturar o intentar capturar peces enganchándolos dentro de los 800 pies de cualquier presa en el río Coosa o sus embalses.

Pesca con boyas

Es permitido pescar con boyas en la mayoría de los cuerpos de agua públicos de Alabama con una licencia de pesca deportiva, si es requerida. Las boyas no necesitan estar etiquetadas con la identificación del pescador y no hay limitación en el número de boyas utilizadas. Todas las boyas deben ser retiradas del agua al finalizar la jornada de pesca. Pescar con boyas es ilegal en los Lagos Públicos de Pesca (PFL) propiedad del estado (ver Áreas Públicas de Pesca).

Pesca con líneas de ramas (Gancho de arbusto)

La pesca con líneas de ramas es permitida en la mayoría de los cuerpos de agua públicos de Alabama con una licencia de pesca deportiva de agua dulce. No es necesario etiquetarlas con la identificación del pescador y no pueden dejarse desatendidas por más de 48 horas. La pesca con líneas de ramas es ilegal en los Lagos Públicos de Pesca (PFL) propiedad del estado (ver Áreas Públicas de Pesca).

Aparejos

Es ilegal pescar con palangre artesanal o gancho, sedal, red de pesca comercial, cajas de listones o cestas de alambre dentro de media milla por debajo de cualquier esclusa, presa o central eléctrica. Todos los pescadores recreativos con licencia que utilizan palangres artesanales están limitados a 100 anzuelos en total. Todos los palangres artesanales deben tener una etiqueta de plástico o metal adjunta que contenga el nombre del propietario y su dirección, número de licencia de pesca, número de identificación de conservación o número de teléfono. Los palangres artesanales operados bajo licencias de pesca comercial no están limitados en el número de anzuelos.

Cestas de alambre

Las cestas de alambre solo pueden ser utilizadas en ciertos condados para la recolección de peces no deportivos únicamente para ­consumo personal. Las personas que posean una ­licencia de pesca comercial no podrán pescar con cestas de alambre­. No se podrá vender ni ofrecer a la venta pescado capturado en cestas de alambre. Todos los peces de caza capturados en las ­canastas deben devolverse inmediatamente al agua. Todas las canastas deben estar claramente marcadas con el número de licencia válida de la canasta de alambre y el nombre de la persona que usa y posee la canasta. Consulte el Libro de reglamentación de caza, pesca, animales de piel y otros animales silvestres de Alabama o al Oficial de Cumplimiento de la Conservación local (consulte Oficinas de distrito, Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce) para determinar la cantidad de cestas y los lugares donde las cestas de alambre son legales.

Lanzas o pesca a mano

Los peces comerciales o no deportivos pueden ser capturados ­legalmente con lanzas o pescando a mano por personas que posean una licencia de pesca deportiva válida. Es ilegal utilizar anzuelos triples o anzuelos con púas para lanzas o pesca a mano. Solo se puede utilizar un anzuelo sin púas.

Equipo de pesca con arco

La pesca con arco utilizando cualquier arco largo, arco recurvo, arco compuesto o ballesta, utilizando flechas con púas sujetas por línea al arco, flotador, embarcación o al tirador, es legal para la captura de peces comerciales o no deportivos. Se requiere licencia de pesca deportiva.

Tomar mojarritas y sábalos para cebo

Es legal para los pescadores con licencia tomar mojarritas, shad y ciertas especies de chupones de aguas públicas específicas utilizando una red de lanzamiento, un recipiente para mojarritas, una cesta para mojarritas que no exceda las 24 pulgadas de longitud y 12 pulgadas de ­diámetro, con una entrada de embudo no mayor a una pulgada de diámetro, una red de mano o un atarraya para mojarritas, cuya longitud no debe exceder los 25 pies y el ancho o profundidad no debe exceder los 4 pies, con el propósito exclusivo de tomar las especies mencionadas anteriormente para usarlas como cebo para peces. No se pueden usar atarrayas en arroyos y arroyuelos sin embalsar. Todos los peces de caza y todos los demás peces comerciales o no deportivos capturados con redes o atarrayas deben ser devueltos inmediatamente al agua de donde provienen con el menor daño posible. Se pueden usar redes de mano para sacar peces capturados legalmente. Los peces vivos cebo no pueden ser transportados a otros cuerpos de agua.

Cosecha de mejillones para cebo

Los pescadores con licencia pueden usar sus manos, un rastrillo o una red de mano no más ancha de 24 pulgadas para recolectar el Almeja Asiática (Corbicula) como cebo para peces.

Alerta de mejillón cebra

El mejillón cebra es una especie exótica de mejillón de agua dulce que ha colonizado muchos cuerpos de agua del sur, incluidos los ríos Tennessee y Black Warrior. Estos mejillones pueden alterar las cadenas alimenticias de agua dulce y pueden causar cambios importantes en algunas poblaciones de peces. Los navegantes son uno de los principales contribuyentes a la propagación de los mejillones cebra de aguas infestadas a aguas no infestadas. Para informar avistamientos de mejillones cebra o para obtener más información, comuníquese con la Sección de Pesquerías al (334) 242-3471.

Reposición de aguas públicas

Será ilegal intencionalmente reponer o liberar cualquier pez, mejillón, caracol, cangrejo de río o sus embriones, incluidos los peces cebo, en las aguas públicas de Alabama bajo la jurisdicción de la División de Vida Silvestre y Aguas Frescas, según lo establecido en la Regla 220-2-.422, excepto en las aguas de las cuales provienen, sin el permiso por escrito de un empleado designado del Departamento de Conservación y Recursos Naturales autorizado por el Director de la División de Vida Silvestre y Aguas Frescas para emitir dicho permiso. Las disposiciones de esta regla no se aplicarán a la liberación incidental de cebo al agua durante el proceso normal de pesca.

APRENDER A PESCA

El programa Go Fish, Alabama! brinda a adultos y familias con poca o ninguna experiencia en la pesca la oportunidad de pescar bajo la guía e instrucción de un mentor experto en pesca. El programa es para personas interesadas en aprender a pescar, socializar al aire libre con amigos y familiares, poner pescado en la mesa o simplemente disfrutar de la emoción y del desafío de la pesca. Cada evento se lleva a cabo en un ambiente seguro, acogedor y constructivo.

El programa Go Fish, Alabama! El programa proporciona a los participantes todo el equipo y los aparejos necesarios para aprender a pescar. Este programa opera en todo el estado y se enfoca en brindar oportunidades de pesca a una corta distancia en automóvil de las áreas metropolitanas. Los eventos se llevan a cabo en lagos de pesca públicos estatales, lagos de la ciudad, lagos de parques estatales y otros destinos de pesca en Alabama. Cada evento suele durar cuatro horas y se ofrece por la mañana o por la tarde los fines de semana y entre semana. Para obtener más información sobre este programa, visite: www.outdooralabama.com/GoFishAlabama.

Programa de Reconocimiento de Pescadores

El Programa de Reconocimiento de Pescadores de Alabama tiene como objetivo reconocer a las personas que capturan peces deportivos grandes en aguas de Alabama y proporcionar a los biólogos estadísticas útiles sobre la cantidad de peces grandes capturados en nuestros embalses. El programa incluye cuatro categorías: Maestro Pescador, Pescador de Trofeos, Récord del Lago y Récord Estatal. Los pescadores pueden enviar solicitudes para obtener el estatus de Maestro Pescador y Pescador de Trofeos basadas en la longitud total o el peso total de su pez, pero no en ambos al mismo tiempo, y pueden presentar un número ilimitado de solicitudes.
Las solicitudes, los requisitos específicos y las instrucciones se pueden obtener en cualquier Oficina de Pesca del Distrito o en www.outdooralabama.com/freshwater-fishing/state-record-angler-recognition. Los pescadores calificados recibirán un certificado que conmemora su captura y una calcomanía en la ventana.

Programa de Información de Pescadores de Lobina (BAIT):

BAIT es una asociación voluntaria entre clubes de pesca de lobina y la División de Vida Silvestre y Aguas Frescas de Alabama (WFF, por sus siglas en inglés). El programa resume información sobre la pesca del lobina y es utilizado por los biólogos de pesca de la WFF, en combinación con sus encuestas en embalses, como base para tomar decisiones en la gestión de los recursos pesqueros. Los datos de BAIT permiten a los biólogos identificar tendencias en las poblaciones de lobinas y los ayudan a comprender mejor los mecanismos que influyen en ellas. Estos datos también pueden ser utilizados por los clubes de pesca de lobina participantes para seleccionar las ubicaciones de los torneos. Todos los clubes participantes reciben una copia impresa del informe anual.

Para obtener más información, comuníquese con la Sección de Pesca al (334) 242-3471, envíe un correo electrónico a [email protected] o visite www.outdooralabama.com/fishing/tournaments.

Requisitos de chalecos salvavidas debajo de las presas

Es ilegal que cualquier persona opere cualquier embarcación en las aguas de Alabama dentro de 800 pies debajo de una represa hidroeléctrica o esclusa de navegación, a menos que cada persona a bordo, incluyendo al operador, lleve puesto un dispositivo personal de flotación aprobado por la Guardia Costera de EE. UU. de tipo I, II, III o V, asegurado correctamente.

Áreas de acceso para navegación pública

Las áreas de acceso público incluyen rampas de botadura de embarcaciones operadas o de propiedad estatal, ­estacionamientos asociados, muelles y cualquier propiedad real o personal dentro de los límites de dichas áreas. Estas zonas de acceso público están destinadas a la navegación de recreo, la caza y la pesca. Solo se permite hacer picnic donde haya mesas. La siguiente es una sinopsis de las regulaciones para el uso de dichas áreas y pretende ser una guía general para el público navegante. Consulte el Libro de regulación de caza, peces, animales de piel y otros animales salvajes de Alabama para obtener una interpretación específica.

En las áreas públicas de acceso a embarcaciones, es ilegal:

  • Arrojar basura
  • Acampar o hacer fogatas
  • Holgazanear
  • Disparar armas de fuego, salvo disposición en contrario de la ley
  • Consumir bebidas ­alcohólicas
  • Nadar, bucear, saltar o tomar el sol en un radio de 50 metros de cualquier rampa o muelle
  • Bloquear la rampa, el muelle o el acceso con vehículos o remolques
  • Operar cualquier vehículo sin licencia, como vehículos todo terreno, excepto aquellos conducidos por personas con problemas de movilidad de acuerdo con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades
  • Solicitar, vender, publicitar o instalar carteles
  • Destruir, dañar, cortar o eliminar cualquier árbol, arbusto, planta o flor
  • Operar equipos comerciales, industriales o de construcción, como barcazas, sin la aprobación por escrito de la Sección de Pesca, Suite 551, Montgomery, AL 36104

Todas las demás leyes estatales se aplican y se hacen cumplir en las áreas de acceso públicas. La información sobre el acceso a la navegación está disponible en línea en: www.outdooralabama.com.

Pesca comercial

Este folleto cubre únicamente las leyes y regulaciones de pesca deportiva en agua dulce. Para obtener información sobre pesca comercial de agua dulce o mejillón, visite nuestro sitio web en www.outdooralabama.com, llame al (334) 242-3465 o visite la oficina del distrito más cercana (Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce).

Requisitos de licencia de operador de navegación

La Ley Roberson-Archer y la Ley de Mejora de la Seguridad en la Navegación de 2001 exigen que nadie menor de 12 años pueda operar una embarcación motorizada y que todo operador de embarcación tenga una licencia y la tenga en posesión en el momento de la operación.

Para obtener información sobre cómo obtener una licencia de operador de embarcación, comuníquese con la División Marine Trooper de ALEA al (334) 517-2930 o visite www.outdooralabama.com y haga clic en Navegación.

Requisitos de licencia de navegación para residentes de Alabama

Debe tener 12 años o más, pero no puede operar solo hasta los 14 años. Los operadores de 12 o 13 años, después de obtener la licencia de operador de embarcación, solo pueden operar si un adulto de 21 años o más con una licencia de operador de embarcación en posesión está a bordo y sentado en una ­posición para tomar el control inmediato. del barco si es necesario. Un operador con licencia, de 14 años o más puede operar legalmente sin supervisión. La posesión de un certificado de finalización de un curso de navegación no es una licencia de embarcación.

Requisitos de licencia de navegación para no residentes

Los no residentes mayores de 12 años pueden operar en aguas de Alabama hasta 45 días por año calendario sin obtener una licencia de operador de embarcación. Sin embargo, los operadores de 12 o 13 años solo pueden operar si un adulto de 21 años o más que tenga una licencia de operador de embarcación en posesión o que esté dentro del período de exención de 45 días, está a bordo y sentado en una ­posición para tomar el control inmediato del buque si es necesario. Si opera una embarcación durante más de 45 días, el no residente debe obtener una Licencia de operador de embarcación para no residentes de Alabama. ­Los no residentes que hayan obtenido una certificación o licencia de embarcación de su estado de origen pueden usarla en lugar de la licencia de operador de embarcaciones para no residentes de Alabama. Próximos cambios el 1 de octubre de 2024. Llame a ALEA al (334) 517-2930.

Pesca en agua salada

Para obtener información sobre los requisitos de licencia de pesca en agua salada, límites de tamaño y posesión, ­comuníquese con la División de Recursos Marinos, PO Drawer 458, Gulf Shores, AL 36547, (251) 968-7576.

Administración de estanques

Los estanques brindan excelentes oportunidades de pesca para los pescadores en Alabama. Hay más de 275,000 estanques de peces en Alabama. Los estanques de peces alivian en gran medida la presión pesquera en nuestros arroyos y lagos públicos. Por lo tanto, la División de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce es de vital interés en este popular recurso. Una repoblación adecuada con especies de peces apropiadas y un manejo continuo de los peces proporcionarán años de excelente pesca de lobina, agallas azules y cascanueces.

Se brinda asistencia técnica a los propietarios de estanques sin costo alguno respecto de las ­prácticas de manejo adecuadas, como fertilización, encalado, control de malezas y recolección de peces. Para obtener información adicional, comuníquese con la Oficina de Pesca del Distrito (consulte Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce).

Acuerdo recíproco de Alabama y Georgia

Alabama y Georgia tienen un acuerdo recíproco para pescar desde las orillas o en las aguas del río Chattahoochee entre Alabama y Georgia y todos los embalses al sur del puente de la autopista 109 de Georgia. Este acuerdo no incluye arroyos ni afluentes. Comuníquese con una oficina de la División de Pesca de Agua Dulce y Vida Silvestre para obtener ayuda (Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce).

ACUERDO RECÍPROCO DE ALABAMA, MISSISSIPPI Y TENNESSEE

Alabama, Mississippi y Tennessee tienen un acuerdo recíproco para pescar en el río Tennessee. Consulte Mapa de Licencia de Pesca Recíproca.

Plantas acuáticas no nativas

Está prohibido introducir, colocar o provocar la introducción o colocación de cualquier planta acuática no nativa en cualquier agua pública del Estado. Para obtener más información, comuníquese con la Oficina de Pesca del Distrito local (consulte Oficinas de Distrito de Vida Silvestre y Pesca de Agua Dulce).